A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Función pública de dar fe
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Oralidad de Medellín y el Juzgado Séptimo Administrativo Oral de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción popular que interpuso un ciudadano en contra de una Notaría, buscando la protección de los derechos colectivos establecidos en los literales J y L y las obligaciones previstas en la Ley 982 de 2005.
Lo anterior, comoquiera que dicho establecimiento no cuenta con un profesional intérprete, ni con convenio o contrato con entidad idónea autorizada por el Ministerio de Educación Macional para atender la población objeto de dicha normatividad.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 1100/21, mediante la cual estableció que la jurisdicción contenciosa administrativa es la competente para resolver controversias relacionadas con la adecuación de la infraestructura de una notaría para la prestación del servicio público a personas en situación de discapacidad.
Con base en lo anterior, se ordenó el envío del expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral de Medellín, para lo de su competencia y, a su vez, para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Oralidad de Medellín -Antioquia- y el Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral de Medellín -Antioquia-, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral de Medellín -Antioquia- continuar con el proceso de la acción popular promovido por el señor Gerardo Herrera contra la Notaría Dieciocho (18) del Circuito Notarial de Medellín -Antioquia-.
- Segundo. Por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-1111 al Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral de Medellín -Antioquia- para lo de su competencia y, a su vez, para que COMUNIQUE de la presente decisión al ciudadano Gerardo Herrera, a la Notaría Dieciocho (18) del Circuito Notarial de Medellín -Antioquia- y al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Oralidad de Medellín -Antioquia-.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.